Firmas digitales admitidas
Desde el 1 de enero 2014 no se emiten firmas COAM
Las firmas admitidas en el COAM pueden consultarse en la siguiente dirección:
https://www.coam.org/informatica →
Firmas digitales admitidas en el COAM
¿Qué programa utilizo para la creación y firma digital de los PDF?
1.- Normalmente utilizará Adobe Acrobat (versión Profesional), también puede utilizar programas de libre distribución del mercado.
2.- Puede utilizar programas gratuitos como Autofirma, XolidoSing Desktop o JSingPDF.
3.- Para descargar el programa
XolidoSing vaya a
https://www.xolido.com/lang/ y pulse en la opción “Descarga gratuita”
4.- El programa
Autofirma puede descargarse de la siguiente dirección:
https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html seleccione la versión más adecuada a su plataforma.
En la siguiente dirección puede encontrar el programa gratuito
JSignPDF en la siguiente dirección
https://sourceforge.net/projects/jsignpdf/ así como un manual de uso del mismo en
https://www.coam.org/informatica →
GUÍA DE FIRMA DIGITAL
¿Hay un límite en el número de firmas digitales instaladas en el equipo y en el número de firmas en un documento PDF?
No, al abrir un PDF firmado desde Acrobat el programa comprobará su validez. Deben de firmar digitalmente todos los arquitectos participantes.
Puede verificar si la firma es admitida por el COAM en la siguiente dirección:
https://verificador.coam.org/Verificador/subida.
Tenga en cuenta que esta página solamente validará la firma/s del documento, en ningún caso validará si tiene capas, formularios, cajas de texto, etc…
¿Se deben firmar digitalmente todos los planos de un archivo o es suficiente con una firma digital por archivo?
Únicamente se requiere una firma digital, de cada uno de los arquitectos responsables del trabajo, por fichero aportado.
¿Cuáles son los pasos cuando quiero presentar un trabajo como Sociedad de arquitectos?
La entrada al programa debe de hacerla con la clave/contraseña de la sociedad o de uno de los arquitectos participantes. Si entramos con un participante, al introducir los datos de los titulares del expediente, AÑADA la SOCIEDAD deseada, marque los arquitectos que van a participar en este trabajo y revise los repartos entre los mismos. Debe eliminarse la entrada del arquitecto como colegiado independiente.
¿Quién firma digitalmente los archivos PDF, los arquitectos participantes o la Sociedad?
Los .PDF deben llevar la firma digital de todos los arquitectos colegiados PARTICIPANTES en el proyecto, si una sociedad está compuesta por 4 arquitectos, pero sólo 2 participan en un proyecto, sólo firmarán estos dos últimos.
¿Puedo hacer seguimiento a través del Visado Telemático de un expediente presentado en papel?
Sí, todos los expedientes una vez dentro del sistema pueden ser consultados o continuados a través de Visado Telemático. Lógicamente la entrega de los expedientes en papel es presencial.
¿Cómo introduzco un expediente nuevo desde el principio, incluyendo los datos del Encargo?
A través de “ALTA DE EXPEDIENTES”, opción "NUEVA COMUNICACIÓN DE ENCARGO", para subir la documentación hay que rellenar antes los datos del Encargo, del Trabajo (con las fases encargadas) y de la Fase presentada.
¿Cómo introduzco Trabajos o Fases adicionales a un expediente ya presentado?
A través de “ALTA DE EXPEDIENTES”, opción "AÑADIR TRABAJO, FASES O DOCUMENTOS", independientemente de la situación del expediente, sin visar, visado o requerido. Esto genera un número de expediente nuevo enlazado con el anterior.
Si fuera para modificar documentación de un expediente ya presentado y el mismo no consta requerido ni visado, se solicitará su devolución para modificarlo sin generar un nuevo expediente, mediante un correo a visado@coam.org.
Si fuera para arreglar un expediente que está requerido, debe pinchar en el propio expediente en su pantalla de expedientes en trámite (no generar nuevo expediente).
¿Cómo aporto Documentación adicional a un expediente ya visado?
A través de “ALTA DE EXPEDIENTES”, opción "AÑADIR TRABAJO, FASES O DOCUMENTOS", independientemente de la situación anterior del expediente, sin visar, visado o requerido. Esto genera un nuevo número de expediente enlazado con el anterior.
¿Cómo aporto Documentación adicional a un expediente requerido?
Si fuera para arreglar un expediente que está requerido, debe pinchar en el propio expediente en su pantalla de expedientes en trámite (no generar nuevo expediente).
¿Cómo modificar o sustituir documentación de un expediente que ya ha sido enviada al COAM?
Tres maneras:
1.- que el arquitecto de visado requiera el expediente, devolviéndole así el control sobre el mismo para que haga los cambios que considere.
2.- si no está asignado a un arquitecto, solicitando su devolución a visado @coam.org para modificarlo sin generar un nuevo expediente.
3.- incorporando la nueva documentación a través de la opción de menú “ALTA DE EXPEDIENTES”, opción "AÑADIR TRABAJOS, FASES o DOCUMENTOS", aquí debe indicar el expediente ya enviado y entrar en él. Esta última opción sólo debe utilizarse si se trata de ampliar la documentación ya visada. Esto le genera un nuevo número TT.
¿Puedo hacer la descarga de la documentación de un proyecto por partes?
Sí, con el botón DESCARGAR, en la parte inferior izquierda de la pantalla, podrá marcar los ficheros que desee bajarse cada vez.
¿Límite de tamaño de los ficheros PDF?
El límite por fichero PDF unitario es de 80Mb, los que excedan este tamaño deben de ser fraccionados.
¿Qué hago cuando los ficheros pdf superen los 80Mb?
Se pueden fraccionar y enviarlos por partes. Ej.: Planos Arquitectura.pdf = 100Mb, se divide en 2 (80Mb + 20Mb) en la caja que nos aparece en el formulario tendremos que arrastrar los 2 documentos a la vez o bien pulsar el botón de añadir documentos y seleccionar los 2 con la tecla CONTROL apretada y clickeando en cada archivo, antes de enviar el formulario con “CARGAR DOCUMENTACIÓN”
Estoy preparando la documentación para el visado de un proyecto y le he dado a pasar a visar después de cargar uno de ellos ¿Qué hago ahora? Todavía me faltan muchos ficheros por enviar, pero la aplicación no me deja opción.
Debe solicitar la devolución del expediente a visado@coam.org para subir el resto de archivos en el mismo número de expediente. Este aparecerá en la pantalla de expedientes en
trámite como Expedientes devueltos. Se puede añadir la documentación restante pinchando sobre el número de expediente.
Cuando termine de cargar toda la documentación, debe pinchar en el botón de PASAR A VISAR.
Voy a presentar proyecto básico y de ejecución. Al abrir las fases, ¿debo pinchar tanto estudios previos como anteproyecto?
Cuando no existan fases previas presentadas deben pincharse todas las fases de proyecto anteriores a la que se está presentando, puesto que, se encuentran incluidas en la que se presenta.
Tengo dos encargos en el mismo emplazamiento, proyecto de obra nueva y proyecto de demolición. ¿Tengo que abrir una comunicación de encargo para cada uno?
No se deben abrir dos comunicaciones de encargo, pero si es preciso abrir dos trabajos distintos para cada una de las actuaciones profesionales que se van a llevar a cabo en la finca, siempre que coincidan los datos de arquitecto, promotor y emplazamiento.
Desde hace tres días tengo subida la documentación con número TT, ¿cuándo pasará a un arquitecto de visado?
El número de expediente se convierte en un expediente TL en el momento en que se envía a reparto mediante el botón rojo que figura en la parte inferior derecha del expediente y en la que pone PASAR A VISAR. A partir de ese momento entra en reparto donde se asignará según orden de entrada a un arquitecto de visado.
¿Se puede anular un expediente ya visado?
No procede la anulación de un expediente que ya ha sido visado, puede sustituirse por un nuevo expediente indicando que el anterior queda sustituido por el nuevo presentado.
Como procedo para solventar un REQUERIDO para un documento concreto, ¿hay que volver a enviar toda la estructura de documentos?
No, simplemente sustituiremos el fichero requerido por el correcto. Borraremos el archivo seleccionando la papelera que aparece a la derecha y volveremos a subirlo completo corregido y firmado digitalmente en último lugar.
En general evitar el reenvío de documentación no modificada ahorrará tiempo tanto de transferencia como de comprobación de la nueva documentación.
No puedo borrar los archivos para solucionar el requerido, ¿qué tengo que hacer?
Para borrar los archivos de un expediente requerido debemos entrar en él a través de la pantalla de expedientes en trámite, se pincha sobre el número de expediente requerido, en el centro de la pantalla, y en él se añaden los ficheros nuevos aplicando la opción borrar y subiendo el nuevo fichero en sustitución del eliminado.
No me deja abrir los datos de comunicación de encargo en un expediente requerido, ¿qué tengo que hacer para añadir o cambiar datos del cliente o el emplazamiento?
Una vez enviado al COAM no se permite el acceso a los datos de comunicación de encargo. Para modificar datos del cliente o el emplazamiento deben especificarse los datos que se quieren modificar añadiendo una observación en el expediente en la parte inferior de la pantalla. Los cambios se realizan por parte del personal del COAM.
¿Qué hago con el Libro de órdenes si voy a presentar una liquidación final de obra?
El libro de órdenes puede presentarse físicamente en el COAM, o bien, escanearlo y colocarlo en un archivo anexos 2 firmado digitalmente por el arquitecto responsable del trabajo.
Cuando se trate de libro electrónico, se adjuntarán en el fichero “Libros incidencias u órdenes electrónicos” los ficheros descargados de su aplicación. Se pueden enviar en fichero comprimido.
¿Puedo presentar el C.F.O conjunto con aparejadores en formato pdf, si voy a presentar una liquidación final de obra a visado telemático?
El C.F.O conjunto con aparejadores debe presentarse en papel en el caso de haber sido visado en papel en el Colegio de aparejadores, para visarse en papel por ambos colegios. Se puede aportar previamente para constancia en un archivo Anexos 2 en la fase de liquidación de obra si se desea.
Sólo se presenta telemáticamente cuando se trata de visado único o visado doble digital en ambos colegios. En este último caso, debe visarse en primer lugar en el Colegio de Aparejadores y aportar el original enviado desde ese Colegio, con la firma digital del arquitecto y del aparejador y la firma digital de visado del colegio de aparejadores (no volver a firmarlo). Incluirlo en la casilla de aporte de documentación de “CFO visado doble digital”, no en Anexos 1.
¿Dónde debo incluir el estudio básico de seguridad y salud?
El Estudio básico de seguridad y salud debe grabarse en un trabajo independiente, para su visado, siempre que lo redacte el arquitecto autor del proyecto. Deberá seleccionarlo dentro de trabajos diversos.
Si es de otro técnico, debe cargarlo en el trabajo del proyecto en un archivo Anexos 3.
Si lo ha redactado el autor de proyecto, y no desea que se vise, debe colocarlo en un archivo Anexos 2.
Tengo que añadir documentos correspondientes a un requerimiento municipal a un proyecto ya visado, ¿dónde y cómo introduzco esa documentación?
El aporte de documentación se hace buscando el número de expediente ya visado a través de la pestaña de “ALTA DE EXPEDIENTES” opción “AÑADIR FASE, TRABAJO O DOCUMENTACIÓN” de la aplicación de visado. Una vez abierto el expediente se añade documentación en el trabajo al que corresponda unirla.
La coordinación de seguridad y salud, ¿es un trabajo distinto del Estudio de Seguridad y Salud?
Si el autor es el mismo arquitecto que el del estudio de seguridad y salud, para incluir los documentos correspondientes a la coordinación de seguridad y salud se debe generar un nuevo trabajo de Coordinación de seguridad y salud, añadiendo trabajo al expediente ya visado a través de la pestaña de “ALTA DE EXPEDIENTES” opción “AÑADIR FASE, TRABAJO O DOCUMENTACIÓN” de la aplicación de visado.
En el transcurso de la obra ha cambiado el promotor, ¿puedo presentar la liquidación u otra documentación a nombre del nuevo cliente en el mismo expediente de cabecera con una carta aclaratoria?
No, en caso de cambio de promotor o propiedad debe darse de alta una nueva comunicación de encargo a nombre de la nueva propiedad, creando un trabajo de dirección y liquidación final de obra.